Análisis de los principios generales del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) en Colombia, con énfasis en el principio de prevención, solidaridad y obligatoriedad
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Quintero Carvajal, Edgar Hernán | 2020
La salud en Colombia, es considerada uno de los aspectos de mayor impacto
en la vida de las personas, por cuanto representa la forma en que el Estado
adquiere y gestiona los recursos para financiar el sistema de salud y el
modelo de atención (forma en que se desea que se atiendan los pacientes) y en
ese orden de ideas, el presente documento pretende entrever la forma en que el
Estado distribuye y ejecuta las funciones pertinentes para garantizar
que los recursos permitan a la población civil tener acceso al modelo de
atención.
Por medio de la Ley 100 de 1993, se logró un avance importante en el
Sistema Nacional de Salud (SNS), pasando a ser un Sistema General de
Seguridad Social en Salud (SGSSS), esta transformación permitió concentrar
más argumentos legales en el desarrollo de la protección del derecho a la salud,
que es por demás un derecho fundamental protegido y regulado, tal y como lo
establece la OMS. Sin embargo, es la Constitución Política de 1991, la que, ha
logrado mediante sus principios y fundamentos, garantizar las condiciones
mínimas requeridas para que las instituciones y actores del sistema de salud,
concedan por derecho el acceso a los servicios de salud, articulados bajo
mecanismos de regulación, prevención y seguimiento tanto a las
responsabilidades que ejerce cada uno desde su rol, como a las acciones y
programas que se establecen para tal fin.
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Por otra parte, se observa la repetida situación de quejas de usuarios de la
salud por el servicio insatisfactorio y hasta casi nulo por parte de Entidades
Promotoras de Salud (EPS) y los Institutos Prestadores de Salud (IPS), quienes
se perciben más interesados en el hacer de la salud un negocio que un beneficio
para los colombianos; y en relación a dicho beneficio, se plantea que la salud
como derecho fundamental en Colombia, ha sido objeto de una transformación
constante, como resultado del activismo judicial de la Corte Constitucional, y que
de manera consecuente ha llevado a que los prestadores de los servicios de
salud y quienes los defienden, le bajen el ritmo al argumento de
desregularización que proponen para sectores como este.
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