Análisis del impacto de la implementación de la resolución 521 de 2020, desde la perspectiva del aseguramiento para la garantía del principio de accesibilidad a los servicios de salud en Colombia año 2021
Trabajo de grado - Pregrado
2021
Institución Universitaria Antonio José Camacho
En Colombia mediante la ley 100 del año 1993 se estableció el sistema de seguridad social
integral el cual está conformado por:
1. Sistema General de Pensiones que tiene por objeto garantizar a la población el amparo
contra las contingencias derivadas de la vejez, invalidez y muerte.
2. Sistema de seguridad social en salud el cual son regular el servicio público esencial de
salud y crear condiciones de acceso en toda la población al servicio en todos los niveles
de atención.
3. Sistema de riesgos profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas,
normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores
de los efectos de las enfermedades y los accidentes que pueden ocurrirles con ocasión
o como consecuencia del trabajo que desarrollan.
4. Servicios sociales complementarios el cual es un Programa que establece auxilios para
los ancianos indigentes que cumplan con unos requisitos especificados en la ley.
Por lo anterior respecto al sistema general de seguridad social en salud se ha identificado
que al interior del mismo uno de los problemas que ha impactado el modelo de aseguramiento es
la no accesibilidad a los servicios de salud; Según cifras de la última Encuesta nacional de calidad
de vida (ECV) 2019 el aseguramiento en Colombia para el año 2019 es del 92,8 % entre el régimen
contributivo y subsidiado; sin embargo, esto no ha garantizado el acceso a los servicios de salud.
Para interpretar esto es necesario tener en cuenta la diferencia existente entre los conceptos
cobertura y acceso, pues si bien el aumento de la cobertura fue el mecanismo a través del cual la
Ley 100 de 1993 pretendía facilitar el acceso a la salud en Colombia este no era el único factor
que determinaba la utilización de los servicios. Aun cuando una persona esté asegurada por el
SGSSS, persisten ciertas barreras que pueden evitar que reciba atención médica en caso de
necesitarlo. Algunas de estas barreras relacionadas con la oferta, como la falta de centros de atención o una mala calidad del servicio, el gasto de bolsillo, la distancia geográfica y otras
relacionadas con la demanda.
Entre las investigaciones sobre barreras y facilidades del acceso se destaca a nivel
internacional la revisión sistemática de Hirmas Adauy et ál. Health Care Access Barriers and
Facilitators en el 2013 en donde se identificaron las siguientes barreras más recurrentes, que suelen
afectar en mayor medida a personas de menor nivel socioeconómico: 1) costo de medicamentos,
consultas médicas y exámenes; 2) temor o vergüenza al ser atendido en un servicio de salud; 3)
desconfianza en los equipos de salud y en el tratamiento prescrito, y 4) estigma social, creencias y
mitos En Colombia se ha estudiado ampliamente el acceso a los servicios médicos y su relación
con características de los usuarios y del sistema de salud. En el caso colombiano, la revisión
sistemática de Vargas et ál. en la investigación: Acceso a la atención en salud en Colombia. Rev.
Salud Pública. 2010 muestra que, a pesar de contar con un número relativamente amplio de
estudios, realmente pocos profundizan en factores de contexto o en la perspectiva de los actores
sobre los aspectos que determinan el acceso. Los estudios indican la existencia de barreras al
acceso, referidas a la población (cobertura del seguro, ingresos o educación) y a las características
de los servicios (accesibilidad geográfica, asuntos administrativos o calidad).
Además de contar con estudios de carácter regional, tanto con enfoques cuantitativos como
con enfoques cualitativos (Restrepo J, Echeverri E, Vásquez J, Rodríguez S. El seguro subsidiado
y el acceso a los servicios de salud: Teoría, contexto colombiano y experiencia en Antioquia.
Medellín: Centro de Investigaciones Económicas, Universidad de Antioquia; 2006.), o con
estudios de caso en localidades o referidos a poblaciones específicas (Moreno G, Monsalve B,
Tabima G, Escobar J. Apreciaciones de la población en condición de desplazamiento forzado sobre
los servicios de salud en algunos municipios de Colombia.2009), Vargas y Molina (Vargas J,
Molina G. Acceso a los servicios de salud en seis ciudades de Colombia: limitaciones y
consecuencias. Rev. Salud Pública. 2009) estudiaron el caso de seis ciudades colombianas y
evidenciaron como gran limitante para el acceso que el sistema dé prioridad a la rentabilidad y a
los costos, por encima del derecho a la salud. Las barreras identificadas en este estudio sedividieron en cinco tipos: 1) administrativas, 2) geográficas, 3) normativas, 4) poca oferta y 5)
contexto cultural, social, político y económico.
Según el boletín año 2019, la Superintendencia nacional de salud, se encontró un
incremento del 28% en las sentencias emitidas relacionadas con el derecho de los usuarios a la
cobertura y acceso a los servicios de salud.
Una investigación de la Universidad Javeriana y la Universidad Católica de Manizales
(Velandia F, Ardón N, Cárdenas JM, Jara MI, Pérez N. Oportunidad, satisfacción y razones de no
uso de los servicios de salud en Colombia, según la encuesta de calidad de vida del DANE.
Colombia Médica 2001) sobre las razones de no uso de los servicios, resalta que el 64,7% de los
casos adujeron “razones” asociadas con problemas en calidad y acceso. Destacan las geográficas,
económicas y falta de credibilidad en los agentes de salud (accesibilidad “cultural”).
La accesibilidad se ha definido conforme al decreto 1011 del 2006 por el cual se establece
el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud del Sistema General de
Seguridad Social en Salud; como la posibilidad que tiene el usuario de utilizar los servicios de
salud que le garantiza el Sistema General de Seguridad Social en Salud; la norma enunciada define
la accesibilidad como una característica del SOGCS.
El problema de accesibilidad a los servicios de salud en Colombia se agudiza con el inicio
de pandemia cuando en el mes de diciembre del 2019, se identificaron los primeros casos de una
neumonía de causa desconocida en la ciudad de Wuhan China; para el mes de enero del 2020, se
conoció que el agente etiológico de esta patología era un coronavirus de tipo SARS( síndrome
agudo respiratorio severo), el brote de este coronavirus ha sido ampliamente reportado en los
noticieros del mundo y la Organización Mundial de la Salud (OMS), lo ha declarado oficialmente
como una pandemia, desde el pasado 11 de marzo 2020.
Exactamente un año después de que las autoridades chinas notificaran a la Organización
Mundial de la Salud (OMS) casos de un nuevo coronavirus en la ciudad de Wuhan, la pandemia de COVID-19 alcanzó al 31 de diciembre del 2020 los 81 millones de contagios y 1,79 millones
de muertes, según los datos de esta agencia de la ONU. La tendencia mundial presenta una
progresión al aumento exponencial en el número de casos; aunque existen dinámicas particulares
que dependen de la fecha de inicio en la importación de los primeros casos, de las intervenciones
por regiones y de las características demográficas, sociales y económicas del contexto.
Desde que comenzó la pandemia, los servicios de salud de rutina fueron reorganizados o
interrumpidos y muchos dejaron de brindar atención a las personas en tratamiento contra
enfermedades como el cáncer, enfermedades cardiovasculares y diabetes. Así mismo, muchos
trabajadores de la salud que suelen brindar esta atención fueron redirigidos a la respuesta de
COVID-19.
El gobierno nacional queriendo mejorar los procesos de accesibilidad a los servicios de
salud para la población colombiana como ya se indicó con anterioridad se vieron interrumpidos
por el proceso de pandemia, da a conocer al interior del SGSSS la resolución 521 del 2020 “Por la
cual se adopta el procedimiento para la atención ambulatoria de población en aislamiento
preventivo obligatorio con énfasis en población con 70 años o más o condiciones crónicas de base
o inmunosupresión por enfermedad o tratamiento, durante la emergencia sanitaria por COVID19”. Posteriormente, las autoridades de dirección del sistema de salud (ministerio de salud y
protección social) aclaran que además del grupo poblacional enunciado se tendrá en cuenta a las
mujeres en estado de gestación, menores de 5 años y personas con diagnóstico de Tuberculosis.
En procura de buscar el acceso a los servicios de la población antes mencionada.
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